
Lo primero es saber que es un seguro de vida. Pues bien, la RAE lo define como: contrato por el cual el asegurador se obliga, mediante una cuota estipulada, a entregar al contratante o al beneficiario un capital o renta al verificarse el acontecimiento previsto o durante el término señalado.
En otras palabras, el contratante debe realizar una serie de pagos para que en el momento acordado con la aseguradora le abonen al beneficiario la cantidad acordada.
El seguro de vida es una buena opción si nuestra familia depende de nuestros ingresos para seguir adelante, así si fallecemos, ellos recibirán una cantidad de dinero para poder seguir manteniendo el nivel de vida que tenían con nosotros.
Estas son los diferentes elementos que hay en un seguro de vida:
- Asegurador: como compañía que ofrecerá la contraprestación a cambio de la prima.
- Tomador del seguro: persona que contrata la póliza y asume el pago de la prima.
- Asegurado: Persona que cubre sus riesgos por la póliza.
- Beneficiario: persona que resultará indemnizada con la contraprestación del seguro.
- Prima: Cantidad a pagar por el tomador del seguro a asegurador como contrapartida de la cobertura de riesgos.
La legislación en nuestro país obliga al consentimiento expreso en la póliza del asegurado si el tomador del seguro y asegurado no son la misma persona.
Otro dato importante es que el beneficiario puede ser cambiado después del la realización del contrato.
Ya tenemos claro que es un seguro de vida y que elementos lo forman, ahora veamos la clasificación de seguros de vida que hay ya que dependiendo de la persona es mejor unos u otros, dependiendo de su necesidad.
Por su duración:
- Seguros de vida temporales: en este tipo el seguro se contrata para un determinado tiempo. Si durante este tiempo el contratante fallece el beneficiario recibirá la cantidad acordada pero si no fallece el seguro se anula.
- Seguro de vida permanente: este cubre al asegurado toda la vida.
Por la cantidad de asegurados cubiertos por la póliza:
- Colectivos: con una misma póliza se cubre de forma independiente a un determinado número de persona
- Individual: se cubre a un solo asegurado
- De varias cabezas: cubre a más de un asegurado pero se establece que la suma asegurada se abonara en caso de que fallezca el primero o el último del grupo de asegurados.
Por el tipo de prima contratada:
- Prima nivelada: esta prima es constante duran el pago de todas ellas
- Prima de riesgo: la prima aumenta todos los años en función a la edad del asegurado.
Por la forma de pago de las primas:
- A término: el pago de las primas debe realizarse dentro de los plazos acorados en la póliza y el importa a pagar no puede ser distinto al que figure en la póliza.
- Con ahorro: el pago de la prima y el momento del pago pueden ser distinto al que figura en la póliza. Depende de los rendimientos de inversión que obtiene la compañía de seguros.
Esta es la clasificación de los seguros de vida. Después de haber elegido la que más nos conviene podríamos adquirir una serie de clausulas adicionales. Estas clausulas las ofrece la compañía que son beneficios suplementarios o adicionales. La incorporación de estas implica un costo extra, por encima de la prima del seguro principal, y puede que el asegurado presente distintas pruebas de asegurabilidad. Las más comunes son:
- De accidentes: indemnización por muerte accidental o por pérdidas parciales por accidente.
- De invalidez: total y permanente, exención del pago de primas por invalidez total y permanente.
- Clausulas de salud: trasplantes, intervenciones quirúrgicas o no quirúrgicas, enfermedades graves, sida, prótesis…
- Clausulas varias: de cónyuges y de cónyuges e hijos, hijo póstumo, desempleo.
También existen unos beneficios adicionales que no implican el pago de una prima extra por parte del tomador del seguro, las principales son: participación de utilidades y de intereses excedentes.
Seguro que todos hemos pensado, sobre todo cuando somos pequeños y oímos por primera vez de la existencia de estos seguros, el hacérnoslo si estamos enfermos o sabemos que moriremos pronto para así dejar dinero a nuestros seres queridos, pues bien, no es tan fácil engañar a la aseguradora. Cuando inicias los trámites para contratar el seguro, la compañía te realiza un cuestionario en el que te preguntaran por tus historial clínico, te analizaran psicológicamente y te realizaran todo tipo de pruebas para saber con certeza tu estado de salud. Debes decir siempre toda la verdad y contestar las preguntas con sinceridad ya que si no lo haces puede que te concedan el seguro y que tú pagues las primas pero a la hora de pagar al beneficiario por tu muerte ellos se nieguen y rompan el contrato alegando que tú mientes en esas preguntas iniciales.
Dependiendo de nuestro estado de salud las primas pueden aumentar debido al riego de muerte.
Queda por decir que en el caso de seguros de vida con aportaciones periódicas, si a partir del segundo año se suspende el pago de las primas, el contrato de seguro no puede ser revocado, solo se puede reducir el importe de la prima y las condiciones de rescate del mismo. En caso de que el beneficiario matase al asegurado, el patrimonio del seguro se integrara dentro del patrimonio del asegurado.
A muchos os sorprenderá esto, pero el suicidio SI lo cubre la póliza, a mi me sorprendió bastante pero de ahí que deban realizar unas pruebas psicológicas para determinar que estamos “cuerdos” y no barajamos la posibilidad de suicidarnos
También conviene poner en la póliza un segundo beneficiario para el caso de que el primero muriese.
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